• 26-Mayo-2020 20:44
    Empleo

    ANUNCIO DE LICITACIÓN CONTRATO MENOR DE SERVICIOS
    Gestión del servicio público de piscina municipal y bar anejo para la temporada estival
    2020.
    1. Entidad adjudicadora: Ayuntamiento de Navas de San Juan.
    Dependencia: Alcaldía.
    Obtención de información: sede electrónica del Ayuntamiento https://pst.navasdesanjuan.es
    Teléfono 953689100. correo electrónico: navas@dipujaen.es.
    2.Objeto y duración del contrato: El objeto del contrato es la gestión del servicio público de
    piscina municipal y bar anejo para la temporada estival 2020 con arreglo a lo dispuesto en el
    Decreto 485/2019 , de 4 de junio, por el que se aprueba el Reglamento Técnico-Sanitario de las
    Piscinas en Andalucía y de conformidad con las RECOMENDACIONES DEL MINISTERIO DE
    SANIDAD PARA LA APERTURA DE LA ACTIVIDAD EN LAS PISCINAS POR LA CRISIS DEL
    COVID-19.
    Su duración se extenderá desde la formalización del contrato hasta el día 30 de septiembre de
    2020.
    3. Presentación de ofertas: Las Propuestas se presentarán en el Registro de Plicas General del
    Ayuntamiento de Navas de San Juan desde el día siguiente de la publicación de este anuncio en
    la página web del Ayuntamiento y hasta el día 5 de junio de 2020.
    4. Calificación del contrato: Contrato menor de servicios, de conformidad con lo dispuesto en
    los arts. 17 y 118 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público.
    5. Licitadores: Puede presentarse cualquier persona física o jurídica con capacidad de obrar,
    que no esté incursa en prohibición de contratar.
    6. Tipo de licitación: En atención a las peculiaridades de la presente temporada, derivadas de la
    crisis sanitaria por los efectos del Covid-19, se rebaja sensiblemente el tipo mínimo de canon
    global anual a satisfacer al Ayuntamiento por parte del concesionario que queda fijado en la
    cantidad de 2.000,00 euros para la presente campaña de verano.
    7. Criterios de adjudicación:
    A. Criterios cuantificables automáticamente, se puntuarán en orden decreciente:
    — Mejor oferta económica: De 0 hasta 35 puntos, adjudicados según el siguiente procedimiento:
    Atribuir a la mayor oferta económica la máxima puntuación (35 puntos) y a la menor la mínima
    (cero puntos), determinando las demás en forma proporcional a ambas puntuaciones, conforme a
    la fórmula siguiente:
    P=20/C * (Max-Of) donde P es la puntuación correspondiente a la oferta, C es la diferencia entre
    las ofertas máxima y mínima, Max es la oferta máxima y Of la oferta correspondiente al licitador
    que se valora.
    B. Criterios cuya ponderación dependa de un juicio de valor:
    — Obras de mejora a realizar en las instalaciones [De 0 hasta 8 puntos].
    — Proyecto de explotación de las instalaciones [De 0 hasta 8 puntos].
    — Creación de empleo en la localidad. [De 0 hasta 9 puntos].
    — Experiencia profesional en el sector de explotación de piscinas [De 0 hasta 35 puntos].
    — Precios de los servicios y actividades [De 0 hasta 5 puntos].
    La evaluación de las ofertas conforme a los criterios cuantificables mediante la mera aplicación de
    fórmulas se realizará tras efectuar previamente la de aquellos otros criterios en que no concurra
    esta circunstancia, dejándose constancia documental de ello.
    En Navas de San Juan a 26 de mayo de 2020.
    El Alcalde,
    Joaquín Requena Requena.




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